domingo, 2 de marzo de 2014

Las Pensiones Graciables no Podrán ser Tramitadas por Legisladores en el Congreso

La Ley de Presupuesto 2012 había contemplado la temática de las pensiones graciables y, por tal motivo, los presidentes de las cámaras de senadores y diputados, Amado Boudou y Julián Domínguez respectivamente, determinaron la interrupción de su tramitación en el Congreso.


De esta manera y a través de una resolución conjunta, se suspende el inicio de las pensiones graciables por parte de los legisladores, lo cual se encuentra contemplado en el artículo 1 de la ley 13.337. Además, la normativa afecta la recepción de peticiones particulares.


Las autoridades del Parlamento señalaron que "la moratoria previsional, la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, la Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, la sanción de la Ley de Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), han consolidado el Sistema de Seguridad Social en nuestro país".


Por este motivo, se señaló como necesario que se reformule el régimen de pensiones previsto en la Ley 13.337 con el fin de adecuarla a los marcos normativos actuales y vigentes relacionados con el ámbito de la seguridad social.


Cabe señalar que dicha legislación data de 1948 y establecía que los diputados y senadores podían peticionar distintas pensiones –con una duración de diez años- pudiendo ser prorrogadas.


Así, los legisladores ya no podrán iniciar el trámite de pensiones graciables para luego remitirlas al Ministerio de Desarrollo Social, encargado de aprobar la tramitación del beneficio y abonarlo.
Publicado por Abogados.com.ar

No hay comentarios:

Publicar un comentario